Una cosa es educar para saber y otra instruir para hacer que el país prospere
Y o soy siempre fiel al sistema liberal y justo que proclamó
mi patria. Simón Bolívar, 15 de diciembre 1812.
En mi artículo anterior, 21/07/08, referido también
al tema educativo, escribí que la educación del
futuro debe estar dirigida a los seis temas centrales del
mañana. Ello, por supuesto, dentro de lo que podemos
llamar la educación básica. La enseñanza debe
tener el ingrediente fundamental de las ciencias básicas:
física, química y biología, así como la
instrucción del lenguaje natural de las tres anteriores:
la matemática.
Paralelamente, la formación debe cubrir las Ciencias
Sociales como la Sociología, la Historia, la Economía
y las Ciencias Políticas. Los docentes tradicionales
dirán: pero eso es lo que se ha enseñado siempre&
La pregunta que hay que hacerse es cómo y para qué
se ha enseñado. Una cosa es educar para saber y otra
instruir para trabajar, para producir riqueza, para hacer
que el país prospere; para ser libres y propietarios.
Un ejemplo es la enseñanza de la historia de Venezuela.
¿Por qué no le machacamos a nuestros niños
que la independencia de nacional se planteó para que
los blancos criollos, los pardos y los esclavos fueran libres
e iguales; y la clase dominante tuviera plenos derechos de
propiedad. ¿Acaso se les ha explicado a nuestros adolescentes
el contenido de la primera Constitución Federal, la de
1811?
Lograr la prosperidad
Esta carta creaba una República Federal, que en su artículo
28 decía que para tener derecho al voto había que
tener una propiedad. Y su artículo 122, que promovía
se uniformara la importación, la exportación, el
comercio interior y el cabotaje, para lograr la prosperidad
(&) pues las leyes generales de la unión deben
procurar uniformarlo en la libertad de toda suerte de trabas
funestas a su prosperidad... Y que los artículos
126, 142, 149, 150 representan un himno al respeto a la propiedad
y a la libertad.
Los artículos 153, 154 y 155 inequívocamente definen
qué es la libertad, la igualdad y la propiedad, como
derechos de los venezolanos. (&) Artículo 153.
La libertad es la facultad de hacer todo lo que no daña
los derechos de otros individuos, ni el cuerpo de la sociedad,
cuyos límites sólo pueden determinarse por la ley,
porque de otra suerte serían arbitrarios y ruinosos a
la misma libertad. Artículo 154. La igualdad consiste
en que la ley sea una misma para todos los ciudadanos, sea
que castigue o que proteja. Ella no reconoce distinción
de nacimiento, ni herencia de poderes. Artículo 155.
La propiedad es el derecho que cada uno tiene de gozar y disponer
de los bienes que haya adquirido con su trabajo e industria.
Y el 156 remata obligando a la sociedad a respetar esos
derechos: Artículo 156. La seguridad existe en la
garantía y protección que da la sociedad a cada
uno de sus miembros sobre la conservación de su persona,
de sus derechos y de sus propiedades.
Género de trabajo
También nuestros niños y adolescentes deberían
aprender que el artículo 167 impedía que autoridad
alguna les prohibiera a los ciudadanos dedicarse a lo que
quisieran, y, además, preveía que eventualmente
ciertos géneros de actividades en manos del Estado, pasaran
a los ciudadanos privados. Artículo 167.- Ningún
género de trabajo, de cultura, de industria o de comercio
serán prohibidos a los ciudadanos, excepto aquellos que
ahora forman la subsistencia del Estado, que después
oportunamente se libertarán cuando el Congreso lo considere
útil y conveniente a la causa pública.
Este documento histórico concluye diciendo en su artículo
197. La sociedad afianza a los individuos que la componen
el gozo de su vida, de su libertad, de sus propiedades y demás
derechos naturales; en esto consiste la garantía social
que resulta de la acción reunida de los miembros del
cuerpo y depositada en la soberanía nacional. Estos
derechos fueron ratificados en las constituciones de 1819
(Congreso de Angostura), 1830 (la que crea a Venezuela), la
de 1858, 1874, 1901, 1909, 1931 y 1945. Es a partir de la
carta de 1947 cuando se comienza a limitar la libertad de
empresa y se establece la figura de la expropiación,
y que el Estado puede reservarse determinadas industrias y
servicios.
Esta es la clase de historia que la educación debe promover
para que aprendamos a ser libres, no solamente el repetitivo
y caletre, lista de nombres de próceres, lugares, fechas
y batallas, que, por lo demás, en internet aparecen mejor
explicados que en cualquier clase de hoy en día. Luego
continuaremos con propuestas para otras materias.
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