CARACAS, lunes 11 de agosto, 2008 | Actualizado hace
Artículo 12. La Ley del Régimen
Prestacional de Vivienda y Hábitat establece que toda
persona tiene derecho a una vivienda "a partir de un tratamiento
con criterio de justicia y equidad".
Artículo 26. Señala que "el sistema
de recursos debe garantizar la existencia de los mecanismos
que permitan el máximo de accesibilidad económica
a la vivienda y hábitat a todos los sectores socioeconómicos,
en especial a los de menores recursos".
Artículo 169. Indica que el Estado
fomentará el ahorro de todas las personas para adquirir,
construir y reparar "la vivienda única y principal".
Artículo 252. Enumera los requisitos
para solicitar una casa financiada por el Estado, entre los
que destaca: "No ser propietario de una vivienda... y no haber
sido objeto de algún otro subsidio o beneficio de carácter
habitacional, a excepción de aquellos que opten a un
programa de ampliación o mejora de su vivienda principal".
Artículo 271. Indica que las personas
que ocupen terrenos o viviendas adquiridas con recursos del
Estado, sin cumplir con las disposiciones legales, deben ser
sancionadas.
ELIDES J. ROJAS L.
Sobre la marcha
Más allá de la demostración cívica y democrática, más allá de los ganadores y (...)
ANDRÉS CORREA
Latiendo en la cueva
"Este es un régimen condenado y un régimen asesino (...) No hay forma de que (...)
JULIO T. CABELLO
Diáspora
Hoy 12 de febrero 8 mil venezolanos nos dimos cita en un enorme centro de (...)
Clara Martínez Turco
Puerta Santa
Muy clara y contundente la política que seguirá la Iglesia Católica ante los (...)
MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ
Derecho Innovador
La estafa o fraude por los implantes mamarios de silicona PIP (Poly Implant (...)
ERNESTO LINZALATA
42 kilómetros
Si hay algo que en general las personas le temen y sobre todo los corredores en (...)
ALFREDO PIMENTEL
Fórmula 1 a dos manos
Seguir siendo los mejores, esa es la premisa del papá del RB8 de Red Bull, (...)