ERNESTO J. TOVAR//ANGIE CONTRERAS C.
EL UNIVERSAL
El Ejecutivo se despidió de 18 meses de Ley Habilitante
dictando 26 leyes orgánicas y ordinarias, en el último
día de vigencia del mandato especial dado por la Asamblea
Nacional.
Del lote de leyes, una orgánica y cuatro ordinarias
rigen al sector agropecuario.
La Gaceta Oficial N° 38.984 del 31 de julio de
2008 anuncia el decreto de Ley Orgánica de Seguridad
y Soberanía Agroalimentaria, que desarrolla "los preceptos
constitucionales para garantizar la disponibilidad (..) el
acceso a alimentos de calidad, con preferencia a aquellos
producidos en el país, sobre la base de las condiciones
propias de la geografía, el clima, la tradición,
cultura y organización social venezolana"; de acuerdo
con lo expuesto por el presidente de la República a la
Sala Constitucional del TSJ.
En este sentido, la Ley Orgánica considera "de utilidad
pública e interés social las actividades que aseguren
la disponibilidad y acceso a los alimentos inocuos en calidad
y cantidad suficiente a la población, así como los
bienes con los cuales se desarrollan dichas actividades".
Se consagra "la facultad de adquisición forzosa, mediante
justa indemnización y pago oportuno, de la totalidad
de los bienes necesarios, para la ejecución de obras,
o el desarrollo de actividades de producción, intercambio,
distribución y almacenamiento de alimentos", según
la sentencia del TSJ que declara constitucional el carácter
orgánico de la Ley.
La Ley contra Acaparamiento, dictada por la Habilitante en
febrero de 2007, ya declaraba de utilidad pública e interés
social "los bienes necesarios para desarrollar actividades
de productos de primera necesidad o bajo control de precios".
Regula la cadena
Elías Jaua, ministro de Agricultura y Tierras, informó
a El Universal que este texto legal "regula
toda la cadena agroproductiva de alimentos, desde la producción
de insumos hasta la comercialización de los productos.
Define la seguridad alimentaria, establece el Centro de Balance
de Alimentos para llevar estadísticas fiables; y define
la potestad para planificar reservas de alimentos".
Además, estipula nuevas formas de colocación de
la producción agrícola, tales como el trueque o
las equivalencias, sin menoscabar "los espacios de la compra
y venta, ni de la propiedad privada", subraya Jaua.
También se sustituyen las juntas nacionales por rubros,
por las asambleas agrarias, que tendrán niveles locales,
regionales y nacionales.
Se establece como forma de organización los consejos
campesinos y las redes de productores libres asociados, que
recibirán en su seno a las asociaciones y gremios conformados.
Los controles
La Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria
estará orientada a fortalecer todas las medidas que el
Estado ha venido aplicando en materia agroalimentaria.
Extraoficialmente, se conoció que el texto legal regula,
entre otros aspectos, el transporte y la distribución
de alimentos, de cara a contrarrestar la extracción de
alimentos hacia los países vecinos.
De hecho, establece sanciones penales y administrativas en
contra de aquellas personas, naturales o jurídicas, que
estén involucradas en dicha actividad. Igualmente, estipula
que la mercancía que sea incautada en procesos de extracción
o introducción ilegal de alimentos, será declarada
de utilidad pública.
Asimismo, la Ley fortalece la acción del Sistema Integral
de Control Agroalimentario (SICA) y se mantiene la emisión
de guías de movilización para el despacho de alimentos
en el país, instrumento considerado necesario para el
Estado para garantizar el abastecimiento justo de acuerdo
con el consumo per cápita de cada región.