Con ponencia de su presidenta, magistrada Evelyn Marrero Ortiz, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la apoderada judicial de Leonel Alfonso Ferrer Urdaneta, contra una resolución dictada por el contralor.
Sobre este caso, el 8 de mayo, el Juzgado de Sustanciación remitió a la Sala el cuaderno separado contentivo de las copias certificadas del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, por la apoderada judicial de Leonel Ferrer Urdaneta, contra la Resolución N° 01-00-00082 del 18 de abril de 2007, dictada por el contralor, por la cual le fue impuesta la sanción de inhabilitación en el ejercicio de funciones públicas por diez años.
La remisión se efectuó debido al auto del 29 de abril, en el cual el Juzgado de Sustanciación de la Sala admitió el recurso de nulidad interpuesto y acordó abrir y remitir a la Sala el cuaderno separado con el objeto de decidir la suspensión de efectos requerida.
La abogada de Ferrer Urdaneta señaló que el acto administrativo impugnado fue dictado con ocasión a la "presunta existencia" de un auto decisorio de responsabilidad administrativa, proveniente de la Dirección de Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría del municipio Baruta del estado Miranda.