La Ley de Inteligencia y Contrainteligencia "es nula de nulidad absoluta por violar lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública", indicó el abogado y profesor universitario Gustavo Linares Benzo, quien explicó que en los artículos 136 y 137 del instrumento legal se establece que toda norma promulgada sin previa consulta es nula de nulidad absoluta.
"Sólo en casos de emergencia y por fuerza de la obligación del Estado en la seguridad y protección de la sociedad se podrá autorizar la aprobación de normas sin la consulta previa' pero ese no es el caso; aunque es probable que el presidente Chávez intente justificarlo con una supuesta invasión".
El jurista explicó que en caso de ser declarada la emergencia, la Ley que rige la función pública también señala un período de consultas a comunidades organizadas posterior a la publicación del instrumento. El resultado deberá ser considerado para ratificar, modificar o eliminarla.
Para Linares Benzo resulta paradójico que en un gobierno que habla tanto de participación, el Presidente dicte las leyes más importantes sin consultar a los venezolanos.
En relación con las declaraciones del jefe de Estado el pasado sábado sobre retirar la Ley para modificarla, indicó que "para que sus palabras tengan algún efecto, deben ser ejecutadas jurídicamente, plasmadas en un decreto ley y publicadas en Gaceta.
"Mientras no salga otra Ley, ésta está vigente". VC