Ley de Inteligencia y Contrainteligencia avala confidencialidad de las pruebas
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MARÍA DANIELA ESPINOZA
EL UNIVERSAL
Con la entrada en vigencia de la Ley del Sistema Nacional
de Inteligencia y Contrainteligencia, promulgada este miércoles
por el presidente Hugo Chávez, toda persona, empresa
u organización no gubernamental, venezolana o extranjera,
está en la obligación de "cooperar" con los órganos
encubiertos cuando así le sea requerido.
Aquellos que se nieguen a atender la solicitud de ayuda estarán
"atentando contra la seguridad, defensa y desarrollo integral
de la Nación" y podrían ser penados con prisión
de 2 a 4 años en el caso de los particulares, y de 4
a 6 años en el caso de los funcionarios públicos,
según la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación,
sancionada en 2002.
El recién promulgado texto legal, que contiene 29 artículos
y dos disposiciones transitorias, considera "órganos
de apoyo a las actividades de inteligencia y contrainteligencia,
las personas naturales y jurídicas, de Derecho público
y privado, nacionales o extranjeras, así como a los órganos
y entes de la Administración Pública nacional, estadal,
municipal, las redes sociales, organizaciones de participación
popular y de comunidades organizadas, cuando le sea solicitada
su cooperación para la obtención de información
o el apoyo técnico, por parte de los órganos con
competencia especial".
Incluso, en el artículo 17, destaca la "obligación
especial" que tienen todos los funcionarios del "sistema de
justicia" de coadyuvar en el ejercicio de dichas actividades.
Las personas que "colaboren" con los procedimientos operativos
o de investigación deben mantener la "confidencialidad
o secreto" de su actuación y dar tratamiento de "información
clasificada" a los datos que obtengan de esa actividad.
¿Legalidad de la prueba?
Cuando en el marco de una investigación, las diligencias
necesarias recaigan sobre "hechos definitivos o irreproducibles,
o exista temor fundado de su extinción o desaparición,
o resulte inminente la comisión de un delito", los órganos
competentes pueden actuar sin requerir orden judicial alguna.
Los resultados obtenidos de dichos procedimientos tendrán
el carácter de "prueba técnica y serán libremente
incorporadas al proceso judicial pertinente".
La ley, en su artículo 21, contempla la posibilidad
de mantener en secreto o bajo grado de confidencialidad ciertos
indicios o pruebas, "procediéndose a su incorporación
sobrevenida en la fase procesal oportuna y correspondiente,
garantizando siempre el derecho a la defensa".
Ámbito de acción
Las normas contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia
y Contrainteligencia son de obligatorio cumplimiento no sólo
para los funcionarios adscritos a dicho sistema, a las distintas
ramas del Poder Público y a los que desempeñen funciones
de custodia y prevención. "Toda persona en el desarrollo
de sus actividades, dentro o fuera del territorio nacional,
que posea o tenga acceso a información de interés
estratégico para la Nación" también debe regirse
por este texto legal.
En el artículo 4 queda claro que el Ejecutivo nacional
tiene la potestad única en materia de inteligencia y
contrainteligencia, por lo que es ilícito y genera responsabilidad
legal cualquier "medio especial o técnico diseñado,
desarrollado, ajustado o programado para la obtención
y procesamiento de información" por parte de personas
o empresas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
Carácter preventivo
Ante la necesidad de "articular acciones" que garanticen
la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación,
el Ejecutivo desactivará a la Disip y a la Dirección
de Inteligencia Militar (DIM) para crear un Sistema Nacional
de Inteligencia y Contrainteligencia, que esté sometido
a la rectoría del Ministerio del Interior, en el ámbito
civil, y del Ministerio de la Defensa, en el ámbito militar.
Entre las competencias que tendrá, se encuentra "identificar,
prevenir y neutralizar toda actividad interna o externa ejecutada
por cualquier factor que pretenda atentar contra el orden
constitucional y las instituciones democráticas". Entre
ellas, hacer frente a la injerencia de Estados Unidos en los
asuntos internos del país, dijo el ministro del Interior,
Ramón Rodríguez Chacín.
Será predominantemente "preventivo, continuo e ininterrumpido".
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