Bogotá.- La Corte Suprema de Justicia
de Colombia determinó que descargar música de internet
no es un delito si se hace sin ánimo de lucro, según
un fallo conocido hoy.
Este veredicto revocaba una sentencia condenatoria a un hombre
que convertía los discos de vinilo que le daban sus clientes
al formato digital. El fallo de la Corte Suprema señaló
que la ley no puede perseguir a los usuarios que, aprovechando
las circunstancias, descargan música o contenidos a su
alcance ya que en esos casos la persona actúa sin ánimo
de obtener beneficio económico con la obra.
La sentencia determinó que en ese caso "resulta imposible
afirmar la existencia de una conducta punible". "Lo que sanciona
el legislador (...) es el acto de reproducir sin autorización
previa y expresa del titular de los derechos correspondientes,
(...) así como las acciones de transportar, almacenar,
conservar, distribuir, importar, vender, ofrecer, adquirir
para la venta o distribución o suministrar a cualquier
título las reproducciones ilegalmente obtenidas", dice
la Corte.
Asimismo, aclara que la sola utilización de un programa
de ordenador no lo describe como un hecho castigable por la
ley.
El fallo revocó la condena a 24 meses de cárcel
y la multa de dos millones de pesos (unos 710 euros) a Guillermo
Vélez por pasar al formato MP3 las piezas musicales antiguas
que sus clientes le daban, indicó Efe.