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CNE deberá especificar mecanismos para activar Asamblea Constituyente

El CNE tiene 10 días, contados a partir de ayer, para informar sobre los pasos a seguir para activar el artículo 348

Leda Valentina Piñero
eluniversal.com

Una sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) especificar los mecanismos que deben concretarse y completarse para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.

Franco Casella, miembro del Movimiento 348, indicó que tras el recurso que introdujeron ante la Sala Electoral, la instancia judicial decidió que el CNE debe concretar ese vacío legal que existe en torno al artículo 348 de la Constitución Nacional, que contempla la convocatoria, por iniciativa popular, de una Constituyente; y del cual se desconoce su forma de aplicación.

El movimiento 348 se conformó con la idea de impulsar un proceso para convocar una Asamblea Nacional Constituyente, ante el convencimiento, basado en "hechos notorios" de que en Venezuela están comprometidas la división y autonomía de los poderes.

"En este momento, además de las crisis regionales y municipales, hay una crisis de gobernabilidad que tiene que ver con lo nacional. No hay una autonomía concreta y real tanto de los poderes y sus áreas", dijo Casella.

Agregó que sienten la "amenaza" de que se intente "una y otra vez" la reforma constitucional por vías paralelas y el riesgo inminente de que la Asamblea Nacional (AN) le extienda la Ley Habilitante al presidente Hugo Chávez.

"Es necesario devolver la institucionalidad, devolver los espacios y el sentido de la democracia a través de la autonomía e independencia de los poderes", expresó.

Casella precisó que, de acuerdo al fallo, el ente comicial tiene 10 días, contados a partir de ayer, para informar sobre los pasos a seguir para hacer efectiva la convocatoria.



 
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