La Ley de Pesca y Acuicultura fue modificada por vía
habilitante, tal y como lo anunció hace un año el
presidente Chávez; y entre los cambios más importantes
destacan la prohibición de realizar pesca industrial
de arrastre, aquella con la que se obtienen especies como
tahalí, roncador, bagre o corocoro.
El artículo 23 de la ley establece que "se prohíbe
realizar actividades de pesca industrial de arrastre dentro
del mar territorial y dentro de la zona económica exclusiva
de la República Bolivariana de Venezuela (...) La pesca
artesanal de arrastre será sustituida progresivamente
por otros artes de pesca a los fines de garantizar el desarrollo
sustentable de los recursos hidrobiológicos y el ambiente".
Del texto legal fue eliminada la entrega de licencias para
la pesca de arrastre, las cuales se otorgaban por un período
de tres años, según lo estipulaba la ley anterior,
que había sido creada por Ley Habilitante en 2001.
La reforma señala además, que por la importancia
estratégica alimentaria de los recursos y productos pesqueros,
los organismos competentes podrán "fijar el precio de
venta de los productos y subproductos", así como fijar
el precio del transporte y distribución de los productos
pesqueros. Actualmente sólo están regulados los
precios de venta del atún y la sardina.
La norma añade que se fijarán cuotas mínimas
de productos pesqueros que deben distribuirse y comercializarse
en cada entidad federal para satisfacer las necesidades básicas
de la población, así como las cuotas máximas
que podrán ser destinadas a la exportación.
Se mantiene la medida que reserva a los pescadores artesanales
la explotación de los caladeros de las especies como
sardina, pepitona, ostra perla, guacuco, chipichipi, entre
otros.
Aporte solidario
El texto agrega un capítulo referido a la responsabilidad
comunal, y establece que los pescadores artesanales de pequeña
escala "contribuirán solidariamente con la entrega gratuita
y directa a las personas de su comunidad en situación
de exclusión social, de una parte del producto capturado
en su faena de pesca".
El artículo 46 establece además que los pescadores
artesanales que no sean de pequeña escala entregarán
de forma gratuita a los entes del Estado, según se fijará
a través de una resolución, una cuota del producto
capturado.
En el caso de los pescadores industriales deberán entregar
a los órganos del Estado el 5% de la faena. Este porcentaje
se podrá incrementar mediante resolución.
Organismo socialista
El Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura será
el encargado de vigilar la correcta aplicación de la
Ley. Además, los consejos comunales tendrán derecho
a participar y a ejercer contraloría de las actividades
de pesca. Los pescadores deberán suministrar de forma
oportuna información sobre las operaciones que realizan.
rbc