Caracas.- Con miras a las elecciones
regionales pautadas para el mes de noviembre de este año,
la dirección de Estadísticas Electorales del Consejo
Nacional Electoral elaboró un cuadro comparativo
de los cargos electos en los comicios de 2000 y 2004, a fin
de determinar las posibilidades de postulación para la
reelección en los cargos de gobernadores, alcaldes, legisladores
regionales y concejales a los cabildos metropolitano de Caracas
y distrital del Alto Apure.
De acuerdo a este análisis comparativo, para el venidero
proceso regional no podrán optar por la reelección
los gobernadores y gobernadoras de los estados: Aragua,
Barinas, Cojedes, Delta Amacuro, Falcón, Guárico,
Lara, Mérida, Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo,
Vargas y Zulia. Mandatarios regionales que fueron electos
en el año 2000 y se presentaron para la reelección
en el proceso electoral de 2004.
Caso contrario ocurre con los gobernadores y gobernadoras
de los estados Anzoátegui, Apure, Bolívar, Carabobo,
Miranda, Monagas, Nueva Esparta y Yaracuy, quienes si podrían
optar por la reelección porque fueron electos para un
primer mandato en octubre 2004.
Alcaldes en primer mandato
Los alcaldes o alcaldesas que están en su primer mandato
podrán postularse para el evento electoral del mes de
noviembre y aspirar por segunda vez para un nuevo período,
según lo establecido en el artículo 174 de la Constitución,
incluyendo aquellos que hayan sido revocados de su gestión
durante los referendos revocatorios del pasado 7 de octubre.
En el caso de los cuatro burgomaestres de los municipios
Anzoátegui (Cojedes), San José de Guaribe (Guárico),
Atures (Amazonas) y Sucre (Falcón), revocados el año
pasado, un dictamen emanado de la Sala Constitucional del
TSJ con fecha 4 de julio de 2007, indica que "dado que la
Constitución ni la Ley Orgánica del Sufragio y Participación
Política, ni la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal señala la revocatoria popular del mandato como
causal de inhabilitación para ejercerlo, debe entenderse,
por argumento a contrario, que la restricción contenida
en el artículo 198 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela no es aplicable respecto de los alcaldes,
los concejales y los miembros de la juntas parroquiales, y
así se decide".
Entre tanto no podrán aspirar a una reelección
aquellos alcaldes que hayan ejercido dos períodos consecutivos,
electos en los procesos electorales de julio 2000 y octubre
2004, independientemente de que haya sido procedente o no
la solicitud de revocatoria de su gestión.
Legisladores elegibles
Podrán postularse para un tercer período adicional
aquellos legisladores o legisladoras estadales que en ejercicio
de sus funciones hayan ejercido dos períodos consecutivos,
de acuerdo a lo contemplado en el artículo 162 de la
Constitución de la República: "Los legisladores
o legisladoras estadales serán reelegidos por un período
de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas
por dos períodos consecutivos como máximo".
Los legisladores y legisladoras que resultaron revocados,
el pasado 07 de octubre, no podrán postularse para cualquier
cargo de elección popular en el período siguiente,
según decisión de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, luego de ser solicitado un recurso de
interpretación, derivado de lo establecido en el artículo
192 de la Constitución Nacional, a fin de asimilar el
régimen de los legisladores y legisladoras, al de los
diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, la situación
de inelegibilidad prevista en el artículo 198 de la Carta
Magna.
Según el dictamen de la Sala Constitucional "al remitir
la Ley Orgánica de lo Consejos Legislativos de los Estados
al Texto Fundamental, a fin de asimilar el régimen de
los legisladores al de los diputados a la Asamblea Nacional,
la situación de inelegibilidad prevista expresamente
en el artículo 198 de la Constitución resulta aplicable
a legisladores de los consejos legislativos. En consecuencia,
los legisladores cuyo mandato resultare revocado no podrán
postularse para cualquier otro cargo de elección popular
en el período siguiente".
La información fue difundida a través de una nota
de prensa del organismo comicial.