MARIANNA PÁRRAGA
EL UNIVERSAL
La esperada resolución número 412 de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras que suspende la validez de las tarjetas prepagadas para consumos en el exterior salió publicada en Gaceta Oficial 38.837 del 21 de diciembre.
Tal como se esperaba, y a pesar de las solicitudes de prórroga que hizo la banca, a partir del 31 de diciembre expiran todas las tarjetas prepagadas que hayan sido emitidas para consumos en el exterior a través del sistema de administración de divisas que está vigente.
Según lo que establece el artículo 4° de la resolución, las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito e instituciones financieras deberán "sustituir al 31 de diciembre de 2007 las tarjetas prepagadas emitidas hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución por tarjetas de crédito". Los clientes deben, para ello, emitir una autorización expresa.
Contados a partir de ayer, la banca sólo dispone de tres días hábiles para cumplir con este artículo, que no contempla el proceso de calificación que procede para determinar si un cliente es apto para la recepción de una línea de crédito a su favor.
Aunque la resolución está vigente desde el 21 de diciembre, miembros de la Sudeban y de la Asociación Bancaria se encontraban reunidos ayer, encuentro tras el cual se esperaba que pudiera acordarse algún tipo de flexibilización de la medida.
El artículo 5° de la medida dispone, además, que la banca "deberá implementar los mecanismos necesarios que permitan a los usuarios que se encuentren en tránsito en el exterior para la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, la sustitución inmediata de las tarjetas prepagadas por las correspondientes tarjetas de crédito para cubrir el pago de los consumos de bienes y servicios en el país del que se trate".
De esta manera, son los bancos los responsables de asegurarles a las personas que actualmente están fuera del país el acceso a algún tipo de instrumento que apalanque sus consumos hasta su retorno a Venezuela. Sobre este particular, las instituciones financieras han manifestado las dificultades que implica entregar en forma expedita una tarjeta de crédito venezolana en el exterior.
Por otra parte, el artículo dos de la resolución prohíbe la emisión de nuevas tarjetas prepagadas para la adquisición de divisas destinadas tanto a consumos en el exterior como a compras electrónicas y adelantos de efectivo en cajeros automáticos.
"Las instituciones financieras deberán abstenerse a partir de la entrada en vigencia de esta resolución, de procesar cualquier trámite relacionado con las tarjetas prepagadas, a los fines de la consecución de la respectiva autorización por parte de Cadivi para hacer consumos en el exterior".
Sudeban argumentó que ha convocado a un grupo de usuarios del régimen de administración de divisas para que consigne documentación "a razón de la presunta comisión de ilícitos cambiarios efectuados con las tarjetas de crédito prepagadas emitidas por distintas instituciones financieras y autorizadas por Cadivi".