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Alerta VIH

Los laboratorios deben abstenerse de realizar la prueba de VIH para optar a cargos laborales

FELICIANO REYNA

Importante dictamen del Inpsasel sobre el uso de la prueba de detección del VIH en el campo laboral. Por considerar este dictamen de la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel) de fundamental importancia en materia de derechos humanos de las personas con VIH, reproducimos partes de su contenido, pues debe ser conocido no sólo por las propias personas que podrían ver sus derechos afectados en el ámbito laboral, sino, muy especialmente, por el sector empresarial, público y privado, por otras instituciones generadoras de empleo y por los gremios. Este dictamen es producto del trabajo conjunto de organizaciones con trabajo en VIH/Sida, de la Defensoría del Pueblo en materia de Salud y del Ministerio de Salud.

Nos parece muy relevante además que en el dictamen se inste a los laboratorios públicos y privados a abstenerse de hacer la prueba, pues en muchos casos, bajo el pretexto de que siguen instrucciones de las empresas e instituciones contratantes, realizan la prueba sin conocimiento de quienes solicitan el empleo, y si resulta reactivo se rechaza la solicitud. De esta manera, el laboratorio se hace parte de la discriminación y de la violación del derecho al trabajo.

"CONSULTA: En virtud de que se ha generalizado, tanto en instituciones privadas como públicas, la exigencia como requisito de contratación de las pruebas de diagnostico del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), constituyendo una violación de los derechos humanos para el acceso y permanencia en el trabajo, esta Consultoría Jurídica realiza las siguientes consideraciones¿". Luego de citar diversos artículos de la Constitución y de la Ley del Trabajo concluye:

"DICTAMEN:

En criterio de esta Consultoría Jurídica, de acuerdo a lo anteriormente expuesto se considera como una forma de discriminación contraria a los derechos humanos fundamentales amparados por nuestro ordenamiento jurídico, la práctica de pruebas de anticuerpos contra el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) en exámenes de preempleo como requisito para el ingreso a cualquier puesto de trabajo o en cualquiera de los exámenes de salud periódicos durante la relación de trabajo, lo cual puede ser constatado en las funciones de inspección realizadas por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel). El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, al constatar por cualquier medio estas situaciones, podrá hacer uso de sus atribuciones legalmente conferidas y aplicar las sanciones a que hubiere lugar.

"Asimismo, se insta a todos los Laboratorios públicos y privados a abstenerse de realizar la prueba de anticuerpos contra el VIH, cuando éstos sean requeridos por los patronos o patronas en las muestras de sus trabajadores y trabajadoras o de los aspirantes a puestos de trabajo, mucho menos si éste no es solicitado directamente por el trabajador dueño de la muestra, quien es además el único autorizado para conocer el resultado de dichas pruebas". (http://www.inpsasel.gov.ve/documentos/dictamen.pdf)

Centro de Información Nacional de VIH/SIDA
Teléfono 0212-952-2009
www.acsol.org - info@acsol.org



 
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