Los aceites y grasas lubricantes de base mineral, semisintética y sintética, para ser comercializados en los sectores automotor e industrial deben cumplir ahora con una serie de requisitos técnicos y de presentación, recogidos en la Resolución número 264 del Ministerio de Energía y Petróleo y publicados en la Gaceta Oficial del 11 de diciembre pasado.
Los lubricantes para motor de combustión interna de alta velocidad a cuatro tiempos deben cumplir con los grados de viscosidad para los aceites multigrado recogidos en las Normas y Reglamentaciones Técnicas Venezolanas.
Asimismo, el etiquetado debe incluir el número de registro de la empresa industrializadora.
"Se prohíbe el transvasado de producto con fines comerciales", agrega.
Las empresas industrializadoras de todos los aceites lubricantes comercializados en el territorio nacional deben presentar anualmente una certificación de productos emitida por un laboratorio acreditado.
Los importados, por su parte, deben presentar ante el Menpet una certificación de calidad. Las direcciones de Industrialización y Fiscalización e Inspección de ese despacho se encargarán de realizar evaluaciones técnicas y auditorías a los fabricantes.
Las empresas involucradas tienen 180 días hábiles para ajustar sus procesos de calidad y consignar al Menpet una ficha técnica. MP