MAYELA ARMAS H.
EL UNIVERSAL
La limitación a las firmas de convenios en materia tributaria,
la eliminación a las exoneraciones al capital financiero
y la progresividad en el pago de impuestos son las modificaciones
que presenta el régimen tributario en una de las propuestas
de reforma de la Carta Magna.
En los cambios que ha adelantado el Consejo Presidencial
para la Reforma Constitucional se introduce la creación
del modelo tributario socialista.
Según lo plasmado en un borrador, ya no se contemplará
la estabilidad tributaria garantizada a través de la
firma de convenios. Esa estabilidad permitía que la República
no modificara el sistema tributario a los sectores que invertían
en el país.
En la modificación al artículo 317 se indica que
"no podrá cobrarse impuestos, tasas, ni contribuciones
que no estén establecidas en la ley ni concederse exenciones
y rebajas ni otras formas de incentivos fiscales sino en los
casos previstos por las leyes. En consecuencia, ni los cuerpos
legislativos ni ninguna otra autoridad de la República,
los Estados y los municipios podrán en ningún caso
suscribir acuerdos, convenios ni contratos con el objeto de
excluir a contribuyentes de la aplicación de reformas
tributarias ni para garantizarles la estabilidad de ciertas
medidas hacendísticas".
En las observaciones se destaca que la estabilidad tributaria
negocia la inmunidad del contribuyente con futuras reformas
tributarias. Analistas indican que la estabilidad tributaria
está prevista en la Ley de Promoción de Inversiones
del año 1999 y allí se indica que "la República
podrá celebrar contratos de estabilidad jurídica,
con el propósito de asegurar a la inversión la estabilidad
de algunas condiciones económicas (...) En los contratos
se garantiza el derecho de estabilidad de los regímenes
de impuestos nacionales vigentes al momento de celebrarse
el contrato".
Más allá de la estabilidad con los impuestos, el
artículo 318 también prevé que "el capital
financiero no será exonerado de tributos ni gozará
de regímenes tributarios más favorables que el aplicado
directamente en actividades productivas".
En esa segunda parte del artículo, analistas estiman
que así se obligaría al sector financiero a pagar
más impuestos, aunque la exoneración al sistema
está prevista en la Ley de Impuesto sobre Renta. En las
observaciones se indica que "el capital financiero tiene inmunidad,
por lo cual no puede ser exonerado".
Más ajustes
En uno de los papeles de trabajo se especifica que el sistema
atenderá a los principios de progresividad y territorialidad.
De manera que pagarán más impuestos los que más
ganan y adicionalmente se contempla que las empresas extranjeras
tendrán que cancelar tributos en el lugar en el cual
se genera la fuente de enriquecimiento.
En la modificación del ar- tículo 316 se establece
que "el sistema tributario procurará la justa distribución
de la cargas públicas según la capacidad económica
del contribuyente, atendiendo al principio de progresividad
y de territorialidad de la renta, de acuerdo con lo cual los
tributos se cancelan en cuyo territorio esté situada
la fuente o causa de su enriquecimiento, así como la
protección de la economía nacional y la elevación
del nivel de vida de la población (..) La ley establecerá
las medidas especiales para asegurar la aplicación del
principio de progresividad a los fines de que paguen cualitativa
y cuantitativamente más tributos quienes mayores niveles
de ingresos y patrimonio posean bajo el modelo tributario
socialista".