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Se dibuja el modelo tributario socialista

Con el cambio planteado la banca tendría que pagar impuestos, pues se exoneraría al capital financiero (Archivo)
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En la propuesta se elimina la estabilidad tributaria a las inversiones

MAYELA ARMAS H.

EL UNIVERSAL

La limitación a las firmas de convenios en materia tributaria, la eliminación a las exoneraciones al capital financiero y la progresividad en el pago de impuestos son las modificaciones que presenta el régimen tributario en una de las propuestas de reforma de la Carta Magna.

En los cambios que ha adelantado el Consejo Presidencial para la Reforma Constitucional se introduce la creación del modelo tributario socialista.

Según lo plasmado en un borrador, ya no se contemplará la estabilidad tributaria garantizada a través de la firma de convenios. Esa estabilidad permitía que la República no modificara el sistema tributario a los sectores que invertían en el país.

En la modificación al artículo 317 se indica que "no podrá cobrarse impuestos, tasas, ni contribuciones que no estén establecidas en la ley ni concederse exenciones y rebajas ni otras formas de incentivos fiscales sino en los casos previstos por las leyes. En consecuencia, ni los cuerpos legislativos ni ninguna otra autoridad de la República, los Estados y los municipios podrán en ningún caso suscribir acuerdos, convenios ni contratos con el objeto de excluir a contribuyentes de la aplicación de reformas tributarias ni para garantizarles la estabilidad de ciertas medidas hacendísticas".

En las observaciones se destaca que la estabilidad tributaria negocia la inmunidad del contribuyente con futuras reformas tributarias. Analistas indican que la estabilidad tributaria está prevista en la Ley de Promoción de Inversiones del año 1999 y allí se indica que "la República podrá celebrar contratos de estabilidad jurídica, con el propósito de asegurar a la inversión la estabilidad de algunas condiciones económicas (...) En los contratos se garantiza el derecho de estabilidad de los regímenes de impuestos nacionales vigentes al momento de celebrarse el contrato".

Más allá de la estabilidad con los impuestos, el artículo 318 también prevé que "el capital financiero no será exonerado de tributos ni gozará de regímenes tributarios más favorables que el aplicado directamente en actividades productivas".

En esa segunda parte del artículo, analistas estiman que así se obligaría al sector financiero a pagar más impuestos, aunque la exoneración al sistema está prevista en la Ley de Impuesto sobre Renta. En las observaciones se indica que "el capital financiero tiene inmunidad, por lo cual no puede ser exonerado".

Más ajustes

En uno de los papeles de trabajo se especifica que el sistema atenderá a los principios de progresividad y territorialidad.

De manera que pagarán más impuestos los que más ganan y adicionalmente se contempla que las empresas extranjeras tendrán que cancelar tributos en el lugar en el cual se genera la fuente de enriquecimiento.

En la modificación del ar- tículo 316 se establece que "el sistema tributario procurará la justa distribución de la cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente, atendiendo al principio de progresividad y de territorialidad de la renta, de acuerdo con lo cual los tributos se cancelan en cuyo territorio esté situada la fuente o causa de su enriquecimiento, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población (..) La ley establecerá las medidas especiales para asegurar la aplicación del principio de progresividad a los fines de que paguen cualitativa y cuantitativamente más tributos quienes mayores niveles de ingresos y patrimonio posean bajo el modelo tributario socialista".



 
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