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Caracas, sábado 02 de junio, 2007  
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Alvaro Garrido Lingg // La tiranía de la mayoría

Hace aproximadamente un año escribí un artículo sobre el ejercicio del derecho a la participación ciudadana y su relación con la toma de decisiones públicas y trascendentales por parte del Ejecutivo nacional. Me refería a la decisión autónoma e inconsulta del Gobierno de sacar a Venezuela de la Comunidad Andina, la cual, entre muchas otras disposiciones, debieron ser consultadas a la población en tributo al derecho a la participación ciudadana que pregona y garantiza la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en varios de sus artículos.

Hoy -más que nunca- se hace necesario reflexionar sobre este aspecto y agregar que
-en ciertos casos- la toma de decisiones públicas en forma inconsulta pueden socavar incluso el ejercicio de otros derechos fundamentales. En efecto, nuevamente el Ejecutivo nacional ha tomado y ejecutado -para sorpresa de algunos y satisfacción de otros- otra decisión autónoma y al margen del derecho a la participación ciudadana al que todos y todas conforme al Texto Fundamental tenemos derecho, relacionada con la no renovación de la concesión administrativa otorgada hace cincuenta y tres (53) años a la empresa Radio Caracas Televisión, C.A. y que ha generado que dicha planta televisiva no solamente haya cesado sus operaciones sino que se haya quebrantado el ejercicio de otro derecho fundamental: el derecho a la libertad de expresión, traducido en el derecho que todos y todas tienen de escoger la programación televisiva de su preferencia.
No me atrevo a pensar que estemos -como decía Alexis De Tocqueville en su célebre obra llamada La Democracia en América- ante una tiranía de la mayoría encabezada por quien detenta la máxima magistratura nacional, ya que la tiranía de la mayoría no solamente pone en peligro la democracia sino que amenaza uno de sus presupuestos políticos básicos: la conciencia de la libertad individual. Es decir, el ciudadano que permanezca dentro de los márgenes permitidos por la opinión mayoritaria puede actuar con libertad y el que se aparte de ellos, si bien no ha de temer una represión estatal, la cual en Venezuela está en duda, sí se enfrenta a la presión moral del despotismo de la mayoría y aunque no acabe en prisión, se sitúa fuera de la sociedad.

A su vez, más allá de los elementos jurídicos que pudieran debatirse ante el tema que hoy centra la atención mundial en Venezuela, todo ello a los fines de determinar si jurídicamente era procedente la no renovación de la concesión administrativa a una empresa con cincuenta y tres (53) años de existencia, esperemos que con ocasión de la toma y ejecución de una nueva decisión ejecutiva inconsulta y por demás desigual para el caso de otras empresas que se encontraban en la misma situación fáctica y jurídica que la empresa Radio Caracas Televisión, C.A., no se socave la democracia venezolana caracterizada por ser la única y posible forma de gobierno.

Abogado
Especialista en Derecho Administrativo
alvaro.garrido@cantv.net 



 
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