CARACAS, miércoles 23 de mayo, 2007 | Actualizado hace
Resolución en apoyo a la libertad de expresión
y de RCTV patrocinada por el senador Richard
Lugar, republicano de Indiana y por Chisthopher Dodd, pre
candidato demócrata.
A continuación sigue el texto en borrador de la resolución
211:
110º
CONGRESO
1ra. Sesión
RESOLUCION
Expresando
la profunda preocupación del Senado con respecto a
la trasgresión de la libertad de pensamiento y de expresión
que se está realizando en Venezuela, y para otros efectos.
Considerando
que, durante varios meses, el Presidente de Venezuela, Hugo
Chávez, ha anunciado a través de varios medios
de comunicación que no renovará la concesión
otorgada a la estación de televisión “Radio Caracas
Televisión”, también conocida como RCTV, la cual
expira el 27 de mayo de 2007, por el hecho de que esta estación
mantiene una línea editorial diferente a su manera
de pensar;
Considerando
que el Presidente Chávez justifica esta medida con
base en el presunto papel que RCTV desempeñó en
los fallidos intentos inconstitucionales por destituirlo
del poder en abril de 2002, bajo circunstancias en las que
no existen ni una demanda ni una condena judicial que sustentaría
tal imputación, tampoco existe sanción legal alguna
contra RCTV que impediría la renovación de su
concesión, como se estipula en las leyes venezolanas;
Considerando
que la negativa de renovar la concesión de cualquier
estación de radio o de televisión que cumple con
las regulaciones legales en materia de telecomunicaciones
constituye una trasgresión de la libertad de pensamiento
y de expresión, que se prohíbe en conformidad
con lo estipulado en el artículo 13 de la Convención
Americana Sobre Derechos Humanos, suscrita en San José,
Costa Rica, que entró en vigencia el 18 de julio de
1978, y de la cual Estados Unidos es país signatario;
Considerando
que la convención establece que “no se puede restringir
el derecho de expresión por vías o medios indirectos,
tales como el abuso de controles oficiales o particulares
de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas,
o de enseres y aparatos usados en la difusión de información
o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la
comunicación y la circulación de ideas y opiniones”;
Considerando
que la Declaración Interamericana de los Principios
sobre la Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, establece en el Principio
13, “La utilización del poder del Estado y los recursos
de la hacienda pública; la concesión de prebendas
arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria
de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento
de frecuencias de radio y televisión, entre otros,
con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar
a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación
en función de
sus líneas informativas, atenta contra la libertad
de expresión y deben estar expresamente prohibidos
por la ley. Los medios de comunicación social tienen
derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones
directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa
de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad
de expresión”;
Considerando
que, de conformidad con los principios de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Interamericana
de los Principios sobre la Libertad de Expresión, de
las cuales Venezuela es país signatario, la decisión
de no renovar la concesión de la estación de televisión
RCTV es un atentado contra la libertad de pensamiento y
de expresión y los países democráticos, especialmente
los de América del Norte que han suscrito la Convención
Americana sobre de Derechos Humanos;
Considerando
que el aspecto más paradójico de la decisión
del Presidente Chávez es que ésta entra en conflicto
con dos principios defendidos por el Libertador Simón
Bolívar, cuyo pensamiento, según dice el Presidente
Chávez, es la inspiración de su gobierno, a saber
“la opinión pública es el objeto más sagrado,
ella ha menester la protección de un gobierno ilustrado,
que conoce que la opinión es la fuente de los más
importantes acontecimientos” y “el derecho a expresar sus
pensamientos y opiniones de palabra, por escrito o de cualquier
modo, es el primero y más inestimable don de la naturaleza.
Ni aun la ley misma podrá jamás prohibirlo”; y
Considerando
que los Estados Unidos debería elevar ante la Organización
de Estados Americanos sus preocupaciones sobre éstas
y otras graves restricciones que el Gobierno de Venezuela
impone sobre las libertades de pensamiento y de expresión:
Por
lo tanto, se
1
(1)
expresa su profunda preocupación por la trasgresión
de
la libertad de pensamiento y de expresión que se comete
en
Venezuela como resultado de la negativa del Presidente de
Venezuela,
Hugo Chávez, de renovar la concesión de la
estación
de televisión “Radio Caracas Televisión” (RCTV)
simplemente
por mantener una línea editorial e informativa
que
disiente de la manera de pensar del Gobierno de
Venezuela;
y
(2)
exhorta enérgicamente a la Organización de
Estados
Americanos a responder de manera apropiada, con
plena
consideración de los instrumentos institucionales
necesarios,
ante dicha trasgresión.
ELIDES J. ROJAS L.
Sobre la marcha
Sobrao, lo que se dice sobrao estuvo hasta el año 2006. Mi comandante asumió el (...)
JULIO T. CABELLO
Diáspora
Es un proceso irreversible. Pareciera que no hay manera de emerger con (...)
Clara Martínez Turco
Puerta Santa
Muy clara y contundente la política que seguirá la Iglesia Católica ante los (...)
MANUEL ALFREDO RODRÍGUEZ
Derecho Innovador
La estafa o fraude por los implantes mamarios de silicona PIP (Poly Implant (...)
ERNESTO LINZALATA
42 kilómetros
Si hay algo que en general las personas le temen y sobre todo los corredores en (...)
ALFREDO PIMENTEL
Fórmula 1 a dos manos
Seguir siendo los mejores, esa es la premisa del papá del RB8 de Red Bull, (...)