El Gobierno Nacional aprobó aplicar una exoneración total o parcial de aranceles a un grupo de bienes considerados de primera necesidad o de consumo masivo.
Según consta en la Gaceta Oficial número 38.625 del martes 13 de febrero, se establece como productos básicos los bovinos reproductores de raza pura, carne bovina fresca, refrigerada o congelada en canales o medias canales, carne bovina fresca, refrigerada o congelada deshuesada, leche y nata concentradas y azucaradas, fórmulas lácteas de primera infancia, haba de soya para siembra, algunas variedades de trigo, semillas de cebolla, puerros, ajos, brócoli, nabos, zanahorias, lechuga, tomate, concentrados de proteínas o sustancias proteicas texturadas.
Para que la importación de estos bienes pueda disfrutar de la exoneración de impuestos aduaneros, es necesario que los interesados soliciten el certificado de no producción o producción insuficiente ante el Ministerio de Alimentación.
Para que el Ministerio otorgue el certificado de no producción o producción insuficiente primero evaluará y considerará la existencia de producción suficiente en los países de la Comunidad Andina.
El certificado de no producción se emitirá por cada embarque que se realice.
La resolución tiene vigencia de un año prorrogable.rbc
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