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Nestlé pierde batalla por mantenimiento de máquinas de café

Juzgado de Caracas admitió amparo de Promotora Leipzig y Leipziger Service

JUAN FRANCISCO ALONSO

EL UNIVERSAL

Los propietarios de los locales donde haya una máquina expendedora de café, Nescafé, podrán contratar el servicio de mantenimiento con la empresa de su elección, pues el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas le prohibió a Nestlé Venezuela "ejecutar actos o girar instrucciones" para forzarlos a establecer vínculos con las compañías que el gigante suizo de los alimentos escogiera.

La decisión la adoptó el juez Ender Jesús Solarte el pasado 20 de diciembre, cuando admitió el recurso de amparo que Promotora Leipzig y Leipziger Service interpusieron contra la multinacional.

En su escrito, los accionantes acusaban a Nestlé Venezuela de violarles sus derechos a la libertad económica y a la propiedad; y de abusar de su posición de dominio para excluirlos del mercado.

El gigante suizo le encomendó, por medio de un contrato, a Promotora Leipzig y Leipziger Service las tareas de mantener y reparar a las máquinas vendedoras de bebidas calientes (café y chocolate), se lee en el recurso.

Los denunciantes explicaron que el acuerdo se prolongó desde 1997, fecha en la que estos aparatos comenzaron a ser introducidos en el país, hasta 2005, cuando repentinamente los dueños de los locales donde están los dispositivos le impidieron a los técnicos acceder a ellas.

El argumento, según expusieron los abogados de las empresas afectadas, era: "Nestlé se había comunicado con los propietarios de los locales donde están las máquinas para informarles que la prestación del servicio posventa de las máquinas, tanto preventivo como correctivo, sería realizado por personas distintas a nuestras representadas, girando instrucciones para que se impidiera a los técnicos de Leipziger Service y/o Promotora Leipzig realizar dichos servicios. Estas órdenes giradas por Nestlé estaban acompañadas de una clara advertencia a los clientes: debían ser cumplidas de inmediato o de lo contrario no se le suministraría al cliente los productos necesarios para el expendio de café en la máquina".

jalonso@eluniversal.com



 
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