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PROYECTO / Ley de Infogobierno a punto de aprobación definitiva
Discriminación legal hacia el software comercial

El sector público tendrá 4 años, prorrogables por dos más, para adoptar el software libre
(Foto Archivo)
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Se prevé prisión de hasta 10 años a quien dañe los sistemas del Estado

EDUARDO CAMEL ANDERSON

EL UNIVERSAL

La fase de aprobación de la normativa que consagrará la obligatoriedad del uso de software libre en todas las dependencias públicas ya está en la recta final: El proyecto de Ley de Tecnologías de la Información y Comunicación, conocida como de Infogobierno, está en la agenda del actual período de sesiones extraordinarias de la Asamblea Nacional (AN).

El proyecto, que será discutido por segunda vez en los próximos días, contempla también sanciones para quienes dañen, modifiquen o perjudiquen un sistema de tecnología de la información en el Poder Público, con penas de prisión de entre 2 y 10 años, así como multas de 200 a 800 unidades tributarias.

El diputado Luis Tascón (MVR), propulsor del proyecto, aseguró que el logro de la "soberanía tecnológica" (independencia de la producción de los grandes actores de la industria informática) será uno de los principales logros de la ejecución de esta Ley.

El gremio empresarial conexo a la actividad tecnológica dijo respetar y apoyar las iniciativas dirigidas a promover el crecimiento del acceso en el país, pero ve con preocupación las limitantes que emergen de la norma, que restringe el uso de programas licenciados en las dependencias públicas, sólo a aquellos casos que sean autorizados por vía de excepción, por una comisión creada en esa Ley.

"Creemos que el uso exclusivo o preferente de un solo modelo tecnológico (el software libre) no debe ser impuesto", se lee en el documento que recoge la posición oficial de la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico, Cavecome, organismo que indica que "como representante gremial de empresas que desarrollan tanto software libre como software comercial o propietario, reconocemos el valor que ambos modelos brindan".

Los programas comerciales, licenciados, o propietario, son aquellos que no pueden ser utilizados sin haberse pagado un derecho por cada usuario, el cual tiene una fecha de vencimiento. Tampoco pueden ser modificados, porque sus códigos son confidenciales.

Por su lado, los llamados programas abiertos o software libre sí pueden ser copiados y utilizados libremente, y ser modificados, ya que sus códigos son de libre acceso.

"Sólo mediante el uso de ambos esquemas se puede garantizar la reducción de la brecha digital, el desarrollo sustentable y la innovación, con el fortalecimiento de la industria nacional", expone Cavecom-e.

Según las disposiciones transitorias, los organismos públicos dispondrán de hasta cuatro años para adecuar sus sistemas a los requerimientos de la Ley, plazo extensible por dos años más, por decisión del presidente de la República.

"Desde nuestra perspectiva _prosigue el gremio_, no se puede hablar de inclusión digital sin incorporar las bondades y beneficios de todos los modelos de desarrollo de software, los esfuerzos de los ensambladores y manufacturadores de hardware y los prestadores de servicio, sin discriminación. Un apoyo sesgado hacia uno u otro modelo (...) equivaldría a desaprovechar recursos valiosos".

ecamel@eluniversal.com

 



 
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