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En Venezuela existes dos leyes especiales sobre la mujer:
la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer y la Ley
sobre Violencia Doméstica contra la Mujer y la Familia.
La primera (casi desconocida, incluso por los jueces, comentó
Balani) es un catálogo de obligaciones del Estado para
impedir la discriminación por razones de género;
la segunda define las variedades de violencia, tipifica delitos
y establece sanciones y su efectividad podría mermar
si prospera la demanda de nulidad ejercida por el fiscal general
de la República, Isaías Rodríguez, de las medidas
cautelares que pueden dictar los órganos receptores de
denuncias; por ejemplo, la prohibición de que un agresor
se acerque a la víctima. Ambas leyes fueron promulgadas antes que la Constitución
Nacional y, a pesar de estar concebidas para la protección
integral de la mujer, no tienen el enfoque de género
en la redacción de las normas, el cual se comenzó
a asumir como justo y necesario durante el proceso constituyente
y quedó plasmado en la Carta Magna de 1999. "No es una
necedad o una exquisitez jurídica que los textos legales
permitan visualizar a la mujer; que cuando leamos 'gobernador
o gobernadora' empecemos a deslastrarnos de la idea de que
el gobierno es cosa de hombres y que a las mujeres no les
queda más que resignarse a ser gobernadas", comentó
Balani. Según precisó la consultora de Inamujer, la mayoría
de los casos que llegan a tribunales tienen que ver con el
aseguramiento de bienes materiales que permitan ejercer los
roles primarios de la mujer como madre y jefa de hogar. No
se tienen noticias de alguna acción de amparo constitucional
que haya intentado una mujer a quien le niegan el trabajo
de albañil sólo por su condición femenina;
no obstante que la Ley Orgánica del Trabajo la protege
en este sentido. En Inamujer tampoco conocen precedentes sobre
acciones en defensa de intereses o derechos colectivos o difusos,
las cuales podrían intentarse, precisamente, para adecuar
e imprimir visión de género y la plena igualdad
consagrada en los tratados internacionales y en la Constitución
Nacional a toda la legislación venezolana. Algunos perjuicios derivados de la invisibilidad de la mujer
en la legislación venezolana vigente han sido elevados
a la consideración del Tribunal Supremo de Justicia,
como la atenuación de la pena a un agresor en caso de
que la víctima sea una prostituta, así como la disparidad
en el ejercicio de cargos de representación popular.
En el primer caso, el asunto se resolvería muy discretamente
a través de la supresión de normas discriminatorias
del Código Penal, el cual ha sido objeto de sucesivas
reformas; en el segundo, el máximo tribunal reconoció
el derecho a la igualdad en la arena política, pero sólo
existe una resolución del Consejo Nacional Electoral
que Inamujer aspira a que sea incorporada a la ley. En opinión de Carolina Balani, una forma de lograr la
efectiva sanción de delitos contra la mujer podría
ser la incorporación de un capítulo especial sobre
la materia en el Código Penal. Tal ha sido una petición
reiterada a las autoridades de la Asamblea Nacional: "Hemos
tratado de hacer entender a las diputadas y a los diputados
que existe un problema y no pueden cerrar los ojos", agregó
la consultora jurídica. Además, en el Legislativo reposan dos proyectos de leyes
para garantizar la paternidad responsable y efectiva igualdad
de derechos cuando las parejas son uniones de hecho o concubinatos.
Actualmente, comentó Balani, el reconocimiento de la
filiación padre-hijo sólo es posible mediante una
prueba de ADN, que cuesta 400 mil bolívares. Aunque como casos aislados, en leyes recientemente promulgadas
hay normas que establecen protección especial a la mujer.
Por ejemplo, la Ley de Tierras dispone atención prioritaria
para las mujeres que sean jefas de hogar. Quizás parte del problema sea que, en general, la misma
mujer venezolana no se reconozca como pleno sujeto de Derecho
y, como lo planteó Carolina Balani, no sepa adónde
acudir y qué recursos utilizar para resolver sus problemas.
La Defensoría Nacional de la Mujer, adscrita a Inamujer
y actualmente encabezada por María del Mar Alvarez, fue
creada, justamente, para proporcionar orientación y,
por la vía de la persuasión, tratar de detener y
corregir lesiones a los derechos de la mujer. Si la Defensoría
no tiene éxito, remite los casos a otras instancias del
sistema de Administración de Justicia. El riesgo es que, por ejemplo, en el Ministerio Público el problema que haya de plantear una mujer sea considerado un asunto no prioritario; sobre todo cuando el fiscal comisionado tiene mil casos represados.
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