ERNESTO J. TOVAR
EL UNIVERSAL
Dentro de la Asamblea Nacional avanza el texto legal que
regulará las relaciones de competencia comercial y económica,
luego de la sanción en primera discusión del proyecto
de Ley Antimonopolio, Antioligopolio y contra la Competencia
Desleal, presentado por la comisión especial que preside
el diputado Ricardo Gutiérrez, y que también integran
los diputados Rodrigo Cabeza, Carlos Escarrá, Ricardo Sanguino,
Erick Rodríguez y Carlos Escarrá, entre otros.
La exposición de motivos del proyecto plantea que esta
ley debe promulgarse "debido a que el monopolio como el oligopolio
atentan contra el propósito de la Revolución Bolivariana,
de liberarnos de los mecanismos externos e internos de dependencia
que impiden la independencia económica y una verdadera
soberanía".
De acuerdo con esto, presenta algunas consideraciones respecto
al papel del Estado dentro del ordenamiento de los agentes
económicos.
A otras manos
Entre las novedades más resaltantes, el
proyecto propone "la exclusión de las empresas
o cualquier persona jurídica pública del
ámbito de aplicación de esta Ley".
Significa esto que la actuación del Estado
dentro de la economía escapará del brazo
sancionatorio del novel instrumento jurídico,
reduciéndose el campo fiscalizador y sancionatorio
a las empresas y personas jurídicas de carácter
privado.
Cabe destacar los reiterados anuncios del Ejecutivo
Nacional, que sostiene la necesaria intervención
del Estado en este sector.
La Ley Antimonopolio también determina
la legalidad de las "políticas públicas
referidas a la seguridad alimentaria y/o productos
agrícolas sensibles, en cuyo caso se aplicarán
las disposiciones contenidas en la Ley que regule
la materia agrícola, respecto a los acuerdos
e instancias de concertación".
Compra y venta
Por otra parte, se prohíbe el
llamado "boicot", consistente en las "acciones
de uno o varios agentes a restringir o
limitar la competencia a través de
conductas como la negativa a entregar
bienes o prestar servicios, el impedir
la adquisición de bienes y servicios,
o la negación a vender materias primas
o insumos".
Según esto, existe una obligación
de efectuar una operación económica,
sin contemplar circunstancias atenuantes.
Las únicas excepciones deberán
ser autorizadas por el Instituto Nacional
Antimonopolio y Antioligopolio.
Aunado a esto, el Estado podrá
decomisar o ejercer acciones directas
cuando dictamine que las prácticas
prohibidas "afectan la calidad de
vida y el bienestar de los ciudadanos".
Por otra parte, propone una disposición
para la creación del Instituto
Nacional Antimonopolio y Antioligopolio
(Inanti) _que sustituirá a
la Superintendencia para la Promoción
de la Libre Competencia_, otra para
la derogación de la Ley para
el Ejercicio de la Libre Competencia
y sus Reglamentos, y una adicional
para determinar la permanencia del
superintendente para la Libre Competencia
hasta noviembre de 2008.