CARACAS, sábado 04 de febrero, 2006 | Actualizado hace
Sanciones
Aquellas empresas que paguen salarios menores al decretado
por el Gobierno Nacional quedarán expuestas a sanciones,
"se le impondrá una multa no menor del equivalente a la
cuarta parte de un salario mínimo, ni mayor del equivalente
a uno y medio salarios mínimos, conforme al artículo
627 de la Ley del Trabajo.
Mantenimiento
El decreto presidencial mediante el cual se incrementa el
sueldo básico, que entró en vigencia el pasado 1
de febrero, destaca que las condiciones de trabajo que no
sean modificadas por esa decisión quedarán inalterables,
"salvo las que se adopten o acuerden en beneficio del trabajador".
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