SARA CAROLINA DIAZ
EL UNIVERSAL
Atendiendo el reiterativo llamado del presidente Chávez,
quien en menos de un mes se refirió en tres oportunidades
a la necesidad de agregar una estrella a la bandera y modificar
la postura del caballo del escudo nacional, los parlamentarios
aprobaron en primera discusión la reforma de Ley de
Bandera, Escudo e Himno Nacional.
Se trata de la primera Ley aprobada en primera discusión
desde que se iniciaron las sesiones ordinarias el pasado
5 de enero.
El nuevo artículo 2 de la norma, entre otras cosas
señala que la Bandera Nacional que se enarbole
en edificios públicos "llevará el escudo de
armas en el extremo de la franja amarilla cercano al
asta, y en medio del azul ocho estrellas blancas de
cinco puntas, colocadas en arco de círculo con
la convexidad hacia arriba (...)".
En la exposición de motivos se justifica la
incorporación de la octava estrella de la siguiente
manera: "Invocando el espíritu bolivariano para
la refundación de la República se propone
retomar la disposición del Libertador de incorporar
la octava estrella en representación de la provincia
de Guayana", para 1817 recién liberada e incorporada
a la República de Venezuela.
Igualmente se planteó la necesidad de modificar
la posición del caballo del escudo. El artículo
9 de la propuesta presentada por los diputados Cilia
Flores, Rodolfo Sanz y Angel Rodríguez, señala:
(...)El tercer cuartel será azul, ocupará
toda la parte inferior del escudo y en él figurará
un caballo indómito galopando hacia la izquierda,
blanco, con la cabeza recta y mirando hacia adelante,
emblema de la independencia y la libertad".
De manera obligada el escudo deberá colocarse
"en un puesto de honor" en todas las oficinas
públicas nacionales, estadales y municipales
y en las instalaciones de la FAN.
La reforma también se refiere al uso de
los símbolos patrios. El artículo
16 señala en este sentido que "el que de
alguna manera ultraje, menosprecie o dé
uso indebido a la Bandera, el Escudo y el Himno
será castigado de acuerdo con la Ley y
en ningún caso se permitirá a los
partidos u organizaciones políticas "el
uso de los símbolos de la Patria en concentraciones
públicas y en propaganda proselitista".
Aún está en revisión la penalidad
para quien no cumpla con la normativa, sin
embargo, se incorporará a las modificaciones
que la multa se exprese en unidades tributarias
y no en una cantidad exacta de bolívares.
La sesión de ayer contó con la
participación de cuatro historiadores
y profesores universitarios, Pedro Calzadilla,
Germán Yépez Colmenares, Héctor
Acosta y Luis Felipe Pellicer, quienes coincidieron
en señalar que los símbolos que
acompañan "el proceso revolucionario
son tan importantes como la reescritura
de la Historia con la reincorporación
de figuras emblemáticas relegadas adrede
por la élite como Guaicaipuro y Ezequiel
Zamora, "ícono de este proceso". "En
un proceso de inclusión debe incorporarse
a la memoria del país la simbolización
de la Historia Nacional", dijo Calzadilla.
"Es absolutamente válido revalorizar
los símbolos", señaló Yépez.
En ese ánimo, el diputado José
Ramón Rivero señaló que "hay
que dar contenido histórico y revolucionario
a los símbolos" pero se mostró
a favor de utilizarlos. Por su parte Luis
Tascón afirmó que "la revolución
debe acompañarse de una nueva iconografía".
Al final de la sesión, Tascón
desestimó la posibilidad de que se
pudiera incurrir en gastos de papelería
excesivos y afirmó que en las disposiciones
transitorias de la Ley se establecerá
el lapso de un año para que se realicen
los cambios correspondientes.
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