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Caracas, sábado 17 de diciembre, 2005  
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CASO ANDERSON / Jueces de la Sala 7 desaplican el COPP para favorecer al testigo
Corte exoneró de toda culpa a Giovanni Vásquez

Hasta ayer se analizaron pruebas en el debate que se desarrolla en el Tribunal 20 de Juicio contra los Guevara
(Foto Archivo)
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Mezerhane interpuso un amparo ante el TSJ por violación del debido proceso

EDGAR LOPEZ

EL UNIVERSAL

La benevolencia de la justicia venezolana superó con creces las expectativas del colombiano Giovanni José Vásquez De Armas. Este jueves 15 de diciembre, ante el Tribunal 20 de Juicio, había manifestado su aspiración a obtener una sustancial rebaja de la pena que le correspondería por haber participado directamente en la planificación del homicidio de Danilo Anderson, en vista de que sus señalamientos han sido determinantes para respaldar las actuaciones fiscales contra Juan Bautista, Otoniel y Rolando Guevara, como autores materiales, así como contra Nelson Mezerhane, Patricia Poleo, Eugenio Añez Núñez y Salvador Romaní Orue, como autores intelectuales del crimen. Pero, desde el pasado 8 de diciembre está exonerado de toda culpa y no será investigado ni juzgado ni sancionado por el caso Anderson, según lo resolvió la Sala 7 de la Corte de Apelaciones.

Cuando negó la apelación ejercida por los defensores de Mezerhane, Poleo, Añez Núñez y Romaní Orue, la Sala 7, en ponencia de Samer Richani, dedicó diez páginas de la sentencia a analizar los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva y concluyó desaplicando el artículo 39 del Código Orgánico Procesal Penal referido a los beneficios otorgados al autor de un hecho punible vinculado a la criminalidad organizada en caso de que aporte información esencial para esclarecer los hechos y evitar que continúe el delito o se cometan otros.

La norma indica que se rebajará la pena aplicable, a la mitad de la sanción establecida para el delito que se le impute al "informante arrepentido". De modo pues, que Vásquez De Armas sería juzgado y sancionado, aunque con una pena relativamente leve, por el homicidio del fiscal.

Pero la Sala 7 de la Corte de Apelaciones considera que el referido artículo es inconstitucional, pues sería necesario "... evitar los juicios penales o por lo menos simplificarlos y agilizarlos en aquellos casos que se ventilen por delitos de bagatela (insignificancia penal) y en otros asuntos que la ley adjetiva penal lo permita con la finalidad de procurar el descongestionamiento de los tribunales penales por causas de esta índole".

Además de señalar que "... el Estado venezolano debe darle extrema protección al ciudadano Giovanni José Vásquez De Armas (informante arrepentido o delator), quien pese a correr grave riesgo, aparentemente ha contribuido con la presente investigación penal".

En la parte dispositiva del fallo de la Sala 7 de la Corte de Apelaciones, se insiste: "... el aludido artículo colisiona con las normas constitucionales precitadas, violentándose así los derechos constitucionales del debido proceso y tutela judicial efectiva que le son propios al citado informante arrepentido, toda vez que el Estado debe adoptar las medidas necesarias para garantizar la integridad física del mismo".

Vicente Puppio, abogado de Mezerhane, comentó que lo resuelto por la Sala 7 es equivalente a un indulto y podría generar consecuencias impredecibles.

Ayer, Puppio interpuso una acción de amparo ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia contra la mencionada sentencia de la Sala 7, por presunta violación de los derechos al debido proceso y al juez natural. Específicamente, la defensa de Mezerhane ha cuestionado la legalidad de la declaración de Vásquez De Armas (recabada como prueba anticipada el pasado 29 de agosto, ante el juez 19 de Control, Gúmer Quintana), a través de lo cual asegura que participó en las reuniones donde se planificó el asesinato del fiscal. Además, considera que los tribunales antiterroristas, creados por resolución de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia el 22 de noviembre de 2004, violan el principio constitucional del tribunal previo.

Asimismo, Vicente Puppio informó que, por quinta vez, Nelson Mezerhane fue trasladado al Palacio de Justicia para ser reconocido en rueda de individuos por Vásquez De Armas. Pero, por quinta vez, se difirió el acto.



 
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