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Caracas, miércoles 09 de noviembre, 2005  
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Ronald Evans Márquez // Impuesto al patrimonio

PARA EL PRIMER TRIMESTRE de 2006, el Ejecutivo propone un Proyecto de Ley de impuesto al Patrimonio Bruto de las personas naturales residentes en Venezuela o extranjeras no residentes que posean activos en el país (los tributos similares europeos permiten deducciones). Se exige la declaración de todos los activos, en el exterior y en Venezuela, incluyendo cuentas bancarias, inmuebles, acciones de clubes, bienes muebles y otros. Sorprende, pues el gobierno eliminó el impuesto a los activos empresariales (al patrimonio de las empresas) por confiscatorio y propuso similar medida para el impuesto a las sucesiones por improductivo. Esta figura fomenta la congelación del patrimonio y la inactividad inversora, perjudicando los ingresos de la Hacienda Pública en el largo plazo.

A finales de 2002, un estudio de la Lund University concluyó, después de estudiar 20 países de la OCDE durante 20 años (1980-1999), que "existe una fuerte evidencia de que los impuestos sobre el patrimonio reducen el crecimiento económico". Hay una tendencia mundial a su eliminación: Alemania, Holanda, Austria y Dinamarca lo abolieron en los últimos años y Japón hace mucho, todos por tres razones: se consideró injusto, arbitrario y desincentivador del ahorro; era prácticamente irrelevante en cuanto a capacidad recaudatoria (nunca ha alcanzado un 1% del PIB); y la Hacienda Pública disponía ya de sistemas de control.

También por ilegal, por generar doble imposición interna: se pagaría impuesto al obtener una renta o al heredar una propiedad, y después se volvería a pagar impuesto por esa renta. En Francia generó la emigración y "desmaterialización" de los activos hacia entidades extranjeras.

Socio del despacho Baker & McKenzie, Presidente del Comité de Impuestos de Venamcham

ronald.evans@bakernet.com

 



 
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