PARA EL PRIMER TRIMESTRE de 2006, el Ejecutivo propone un
Proyecto de Ley de impuesto al Patrimonio Bruto de las personas
naturales residentes en Venezuela o extranjeras no residentes
que posean activos en el país (los tributos similares europeos
permiten deducciones). Se exige la declaración de todos
los activos, en el exterior y en Venezuela, incluyendo cuentas
bancarias, inmuebles, acciones de clubes, bienes muebles y otros.
Sorprende, pues el gobierno eliminó el impuesto a los activos
empresariales (al patrimonio de las empresas) por confiscatorio
y propuso similar medida para el impuesto a las sucesiones por
improductivo. Esta figura fomenta la congelación del patrimonio
y la inactividad inversora, perjudicando los ingresos de la
Hacienda Pública en el largo plazo.
A finales de 2002, un estudio de la Lund University concluyó,
después de estudiar 20 países de la OCDE durante
20 años (1980-1999), que "existe una fuerte evidencia
de que los impuestos sobre el patrimonio reducen el crecimiento
económico". Hay una tendencia mundial a su eliminación:
Alemania, Holanda, Austria y Dinamarca lo abolieron en los
últimos años y Japón hace mucho, todos por
tres razones: se consideró injusto, arbitrario y desincentivador
del ahorro; era prácticamente irrelevante en cuanto a
capacidad recaudatoria (nunca ha alcanzado un 1% del PIB);
y la Hacienda Pública disponía ya de sistemas de
control.
También por ilegal, por generar doble imposición
interna: se pagaría impuesto al obtener una renta o
al heredar una propiedad, y después se volvería
a pagar impuesto por esa renta. En Francia generó la
emigración y "desmaterialización" de los activos
hacia entidades extranjeras.
Socio del despacho Baker & McKenzie, Presidente
del Comité de Impuestos de Venamcham
ronald.evans@bakernet.com