SUHELIS TEJERO PUNTES
EL UNIVERSAL
Este martes se discutirá en sesión plenaria de
la Asamblea Nacional (AN) la reforma de la Ley del Impuesto
al Débito Bancario (IDB), a fin de extender la vigencia
del tributo.
La primera discusión para modificar el instrumento legal
resulta necesaria para poder iniciar el período de análisis
y presentación de argumentos que permita aprobar la Ley
de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2006.
De acuerdo con la actual normativa, el IDB se mantendrá
en vigencia hasta las 11:59 pm del 31 de diciembre de este
año, pero el Gobierno Nacional incluyó dentro
de las cuentas fiscales para el próximo año el
citado tributo.
El Presupuesto Nacional debe definirse con base en las
leyes que se encuentran vigentes para el período
en el que el mismo regirá, de allí que algunos
parlamentarios del bloque opositor hayan criticado la
inclusión del IDB en las cuentas de 2006, cuando
ni siquiera existe la aprobación parlamentaria para
extender la vigencia del impuesto.
Cuando el año pasado se decidió mantener
el tributo como un ingreso permanente, el Despacho de
las Finanzas Públicas presentó una modificación
en el marco legal que permitió ampliar el límite
que estaría exento del impuesto. Por ello, además
de extender su vigencia hasta el último día
de este año, se incluyó un cambio para que
los pagos del tributo se hicieran después de las
40 unidades tributarias.
Impuesto fijo
A lo largo de los primeros nueve meses de este año,
el Gobierno ha recibido dos billones de bolívares
por la recaudación con este impuesto, levemente
por arriba de los 1,9 billones de bolívares
inicialmente fijados en las cuentas presupuestarias
de 2005.
Para el transcurso del año venidero el Ejecutivo
estima que el Impuesto al Débito Bancario
generará ingresos cercanos a los 2,6 billones
de bolívares.
Pero además, estos recursos ya no se contabilizarán
como parte del dinero adicional que recibe el
Fisco Nacional, sino que entrarán en el
paquete de recursos ordinarios que maneja el
Ministerio de Finanzas para el próximo
período presupuestario.
Según las leyes vigentes, cuando un
ingreso extraordinario se mantenga por más
de dos años consecutivos, debe incluirse
en la clasificación de los ingresos ordinarios.
Recientemente el ministro de Finanzas,
Nelson Merentes, indicó que el tributo
se mantendría al menos por el año
2006 y con la misma alícuota definida
para estos días, es decir, 0,5% de
aquellos retiros bancarios que superen las
40 unidades tributarias mensuales, o lo
que es igual, a un millón 176.000 bolívares.
Para el superintendente nacional aduanero
y tributario, José Gregorio Vielma
Mora, la alícuota del IDB en Venezuela
es la más baja de América Latina.
Agregó recientemente que no afecta
a la mayoría de los trabajadores,
cuyos ingresos no son superiores al nivel
delimitado en la ley, por lo cual quedan
exentos de la aplicación de la misma.
Por lo pronto, la Comisión Permanente
de Finanzas de la AN ya se encuentra
estudiando el Presupuesto Nacional 2006
para hacer los ajustes que se consideren
convenientes, aunque no se esperan cambios.
La asignación del próximo
año está prevista en más
de 87 billones de bolívares y para
cubrirla se prevén unos ingresos
tributarios por 39,8 billones de bolívares,
mientras que los recursos por la vía
petrolera se calcularon en unos 33 billones
de bolívares.
stejero@eluniversal.com