El Instituto Nacional de Tierras (INTI), en una reunión
de directorio realizada el pasado sábado, decidió
declarar ociosas 110 mil hectáreas de tierras ubicadas
en los hatos Piñero (Cojedes), El Charcote (Cojedes), Borges
(Cojedes), Coco (Nueva Esparta) y la hacienda Sanz (Miranda).
En un comunicado, el INTI informó que "la primera decisión
revolucionaria del directorio fue sobre el Hato Piñero.
Se estableció _con base en los artículos 14,15,
43 y 123 de la Ley de Tierras_ la ociosidad de este predio,
el cual consta de 80.212 hectáreas con 800 metros cuadrados,
y que está ubicado en el Estado Cojedes".
Agregan que "se estableció considerar este predio
como latifundio dentro de los parámetros establecidos
por la Ley aplicable en esta materia".
"El INTI decidió que el Hato Piñero es de origen
baldío de la nación, puesto que su tradición
legal no demuestra documentos debidamente verificados
que determinen propiedad privada de acuerdo con los criterios
del marco legal".
Explican que lo importante de esta decisión "es
que dicho predio no es privado".
En cuanto a la comunidad Quebrada de Agua, ubicada
dentro de los linderos del predio, la Oficina Regional
de Tierras estudiará los correspondientes procedimientos
legales a los fines de garantizar y otorgar los derechos
de permanencia y beneficios, establecidos en la Ley
de Tierras y demás normativas.
Por tanto, "el directorio decidió establecer
un fundo zamorano, en conjunto con la comunidad
asentada en el lugar, como política fundamental
para alcanzar la seguridad alimentaria y desarrollo
rural sustentable de la zona".
Para
los predios del Hato Piñero, no sujetos a
las áreas de administración especial
y donde se desarrolle una actividad agrícola
y pecuaria realmente efectiva, el directorio decidió
otorgar constancia de actividad productiva, lo
cual no implica un reconocimiento de la propiedad
privada de los terrenos, ni incluye la aplicación
de un impuesto predial en cuanto a lo establecido
en la Ley de Tierras.
"Sobre todas las áreas con vocación
agrícola que se encuentran fuera de las
áreas con regímenes de administración
especial decretadas y por decretarse, se iniciará
el procedimiento de rescate".
Igualmente, el directorio decidió oficiar
al Ministerio del Ambiente y los Recursos
Naturales y demás órganos competentes,
a los fines de agotar las acciones necesarias
para la creación de un área bajo
régimen de administración especial
sobre las zonas identificadas como bosques
de galerías: Río Chimbo, Caño
Quita Calzón, Caño La Canoa y Sabana
Abierta, ubicados en las zonas sureste y suroeste
del Hato Piñero.
En cuanto al hato El Charcote, el INTI
decidió que parte importante de las
12.950 hectáreas que lo componen "son
tierras ociosas que no tienen ningún
tipo de productividad y son consideradas
como latifundio".
Esta decisión la tomaron luego de
inspecciones "donde se comprobó que
son tierras baldías pertenecientes
a la nación, por cuanto la cadena
titulativa presentada por los propietarios
de El Charcote "carece de regularidad,
porque pretenden hacer valer una supuesta
propiedad privada desde 1840, y no poseen
documentos que lo avalen. Se realizaron
estudios en el Archivo General de la Nación
y los registros subalternos de la región,
y se comprobó que sólo existen
documentos de propiedad desde 1850", explicó
el presidente del INTI Eliécer Otaiza.
La declaración de tierras ociosas
sólo se determina en las hectáreas
inutilizadas, que no son aprovechadas
para el beneficio de la comunidad. Por
ello, el resto del terreno correspondiente
a este fundo cojedeño, utilizado
para la producción de rubros como
el maíz, girasol, sorgo, ajonjolí
y leguminosas, seré certificado
por el INTI con una constancia de productividad,
sin implicar el reconocimiento de la
propiedad privada.
"Más de 230 familias son habitantes
de este lugar y desde hace varios
años han sido las encargadas
de darle productividad agrícola
a estas tierras. Por tanto, el directorio
del Instituto otorgará el derecho
de permanencia a estos campesinos",
dice el comunicado.
"En cuanto a las medidas cautelares,
de acuerdo con lo establecido en
los artículos 127 y 128 de
la Ley de Tierras, se determina
acabar con las irregularidades presentadas
en el Area Bajo Régimen de
Administración Especial, la
cual abarcaba 7.171 hectáreas
y sólo quedan un poco más
de mil hectáreas que nos se
han dañado a causa de la tala
y deforestación".
En otros predios
Con respecto al hato Borges, ubicado también en el
Estado Cojedes, "se declara
ociosidad de la tierra en sus
4.600 hectáreas aproximadamente".
Otaiza explicó que "en
la cadena titulativa del mencionado
hato hay una extensión
de 1.200 hectáreas que
son propiedad privada, y el
INTI reconocerá que en
ese caso existe desprendimiento
de la República. Sin
embargo, el resto del terreno
se considera como tierra baldía,
porque no se demuestra la
titularidad sobre las mismas".
Manifestó el presidente
del INTI que estas 1.200
hectáreas se evaluarán
para pasar al cobro de impuestos
de acuerdo con lo establecido
en la ley.
También concederán
60 derechos de permanencia
a habitantes del hato
El Coco, ubicado en el
Estado Nueva Esparta,
20 cartas agrarias en
el Estado Lara y 80 cartas
agrarias en el Estado
Monagas.
Existe otro caso declarado
como tierra ociosa,
correspondiente a la
hacienda Sanz, "ubicada
en el Estado Miranda,
la cual tiene una extensión
aproximada de 90 hectáreas
y hasta el día
de hoy no se ha podido
demostrar la cadena
titulativa". Por esta
razón el Instituto
Nacional de Tierras
la considera tierra
pública y procederá
a su rescate mediante
la implementación
de núcleos de desarrollo
endógeno.