YOLANDA OJEDA REYES
EL UNIVERSAL
Por primera vez en 50 años la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos elabora
un informe dedicado a Venezuela en cuyas conclusiones
se refiere al deterioro acelerado de la administración
de justicia, a la impunidad y a la "práctica de tortura",
lo que agrava "el derecho a la vida".
"El derecho a la vida es el presupuesto esencial para la
existencia de los demás derechos, por lo que en consideración
a su importancia y a la especial coyuntura que atraviesa el
Estado de Derecho en Venezuela, justifican y motivan la necesidad
de que la CIDH realice un análisis especial sobre su
vigencia".
En
primer término se refieren a los grupos exterminio por
lo que alertan a las autoridades a adoptar medidas efectivas
para combatir ese problema. En la visita que hizo la Comisión
en mayo de 2002, ésta recibió abundante información
respecto de la actuación de estos grupos en varias regiones
del país.
"Se han reseñado públicamente más de trescientos
casos de personas asesinadas extrajudicialmente por grupos
parapoliciales, entre ellas aproximadamente catorce personas
asesinadas eran testigos de tales ejecuciones. Asimismo, la
escalada de violencia determinó que unas 55 personas
fueran asesinadas en hechos de violencia callejera y que más
de quinientas personas murieran en presuntos enfrentamientos,
sin que se hayan esclarecido".
La CIDH recomienda que se realicen investigaciones serias,
exhaustivas, conclusivas e imparciales en todos los casos
de ejecuciones extrajudiciales; que se repare adecuadamente
a los familiares y víctimas y se otorguen medidas efectivas
de protección a los testigos y familiares.
La tortura
La CIDH consideró oportuno desarrollar en el informe
la situación del derecho a la integridad personal. "La
Comisión pudo analizar información de numerosas
fuentes, acerca de la práctica de tortura en Venezuela"
y la preocupación radica en que no existe una legislación
que sancione los casos de tortura en Venezuela, aspecto que
la CIDH considera una mora legislativa de serias consecuencias
en la materia. Recomienda que la Fiscalía General emprenda
una investigación exhaustiva de todas las denuncias de
abusos contra la integridad personal, especialmente con respecto
a las personas privadas de libertad por parte de miembros
de la Guardia Nacional y de vigilantes adscritos a la Dirección
de Prisiones del Ministerio de Interior y Justicia.
Fuerza armada
La Comisión señala que en un sistema democrático
es fundamental la separación clara y precisa entre la
seguridad interior como función de la Policía y
la defensa nacional como función de las Fuerzas Armadas
ya que se trata de dos instituciones sustancialmente diferentes
en cuanto a los fines para los cuales fueron creadas y en
cuanto a su entrenamiento y preparación. La adopción
de las medidas necesarias para evitar la intervención
de la Fuerza Armada en operaciones de seguridad pública
en circunstancias no excepcionales y para evitar un uso no
proporcional de la fuerza pública.
La CIDH recomienda establecer políticas de seguridad
pública destinadas a lograr una efectiva coordinación
de las distintas fuerzas encargadas de la seguridad pública,
así como coordinar acciones de seguridad con el alcalde
metropolitano, en su condición de jefe de la Policía
Metropolitana, e intensificar los esfuerzos para la capacitación
de los miembros de los cuerpos de seguridad del Estado en
materia de derechos humanos, y poner en práctica mecanismos
de sanción y remoción de miembros involucrados en
esas violaciones durante el ejercicio de sus funciones.
Justicia
La CIDH señala que "mayoría de las violaciones
a los derechos humanos se refieren a infracciones de las obligaciones
del Estado venezolano de prevenir e investigar los delitos
y castigar a los culpables, generando situaciones de impunidad",
lo que lleva a la sociedad venezolana a una pérdida de
confianza en el sistema de justicia y al recrudecimiento de
la violencia engendrándose un círculo vicioso de
impunidad. "La impunidad genera responsabilidad internacional
para el Estado, aun cuando se trate de crímenes cometidos
por delincuentes comunes que no sean agentes estatales, cuando
el Estado no cumple con su obligación internacional de
efectuar una investigación seria, imparcial y efectiva
de los hechos ocurridos, con el objeto de sancionar a los
responsables".
La CIDH expresa que la vigencia de los derechos y libertades
en un sistema democrático requiere un orden jurídico
e institucional en el que las leyes prevalezcan sobre la voluntad
de los gobernantes, que exista un control judicial y legalidad
de los actos del poder público, presupone el respeto
del Estado de Derecho.